¿Los ingresos de IHSS pagan impuestos? Una guía en lenguaje sencillo para proveedores de California
La mayoría de los proveedores de IHSS que viven con el beneficiario califican para una exención del impuesto federal sobre el ingreso. Conozca quién califica, cómo reclamarla con el formulario SOC 2298 y qué hacer si le retuvieron impuestos por error.
Que sus ingresos de IHSS paguen impuestos o no depende en gran parte de un solo hecho: ¿vive usted en la misma casa que el beneficiario al que cuida? La respuesta afecta sus impuestos federales sobre el ingreso, sus impuestos estatales de California sobre el ingreso y la retención del Seguro Social y Medicare (FICA). Esta guía explica las reglas en lenguaje sencillo, incluyendo cómo reclamar la exención, qué formulario necesita y qué hacer si le retuvieron impuestos cuando no debían retenerlos.
Importante: Esta guía es solo para fines informativos generales. Las reglas de impuestos cambian y cada situación es distinta. Consulte siempre a un profesional de impuestos calificado o a una organización de asistencia legal para recibir consejos sobre su situación específica. Visite IRS.gov para obtener orientación federal oficial.
La respuesta corta: depende de su situación de vivienda
La mayoría de los proveedores de IHSS que viven con el beneficiario al que cuidan están exentos del impuesto federal sobre el ingreso por sus sueldos de IHSS conforme al Aviso 2014-7 del IRS (IRS Notice 2014-7). Esto significa que, si usted es un proveedor que vive con el beneficiario, es decir, comparte un hogar permanente con él, sus ingresos de IHSS podrían no contar como ingreso sujeto a impuestos para fines federales.
Los proveedores que no viven con el beneficiario no califican para esta exención. Si usted viaja a la casa de su beneficiario cada día de trabajo y regresa a una residencia distinta, sus sueldos de IHSS se tratan como ingreso ordinario del formulario W-2 y están sujetos a las reglas normales de impuestos federales y de California sobre el ingreso.
El Aviso 2014-7 del IRS, explicado
En enero de 2014, el IRS emitió el Aviso 2014-7 (Notice 2014-7), que establece que ciertos pagos de los programas de exención de Medicaid, incluyendo el IHSS de California, pueden excluirse del ingreso bruto para fines del impuesto federal sobre el ingreso. La condición clave es que el cuidado se brinde en el hogar de la persona y que el cuidador también viva en ese mismo hogar.
La exclusión se aplica a los sueldos de IHSS en sí, no solo a una parte de ellos. Por ejemplo, un proveedor al que le pagan $20.00 por hora y que trabaja 283 horas al mes gana aproximadamente $5,660 de ingreso bruto mensual de IHSS. Si ese proveedor vive con su beneficiario y presentó el formulario SOC 2298 al condado, esos sueldos podrían quedar totalmente excluidos del ingreso bruto federal. El ahorro anual en impuestos puede ser considerable: posiblemente entre $3,000 y $8,000, según el ingreso total del proveedor y su categoría de impuestos.
La exclusión no es automática. Requiere que el proveedor cumpla los criterios de elegibilidad y que haya certificado debidamente ante el condado que vive con el beneficiario. Incluso los proveedores que claramente califican pueden tener impuestos retenidos de forma predeterminada si no han completado el papeleo necesario.
Quiénes califican para la exención de impuestos
Proveedores que viven con el beneficiario y que no son su padre, madre ni cónyuge: Por lo general están exentos del impuesto federal sobre el ingreso por sus sueldos de IHSS si residen de manera permanente en el hogar del beneficiario y han presentado el formulario SOC 2298.
Padre o madre que cuida a un hijo con discapacidad en el hogar familiar: Por lo general están exentos. El Aviso 2014-7 del IRS aplica cuando un padre o madre vive con un hijo con discapacidad y le brinda cuidado. El padre o la madre debe vivir en el mismo hogar: no puede brindar el cuidado desde otra dirección y reclamar la exención. Consulte nuestra guía de reglas para proveedores que son padres y cónyuges.
Proveedores que son cónyuges: Las reglas son más complejas. El IRS ha emitido cierta orientación que sugiere que el cuidado de IHSS entre cónyuges podría calificar, pero la aplicación no es tan clara como para los proveedores que viven con el beneficiario y no son su cónyuge. Consulte a un profesional de impuestos antes de suponer que tiene la exención.
Proveedores que no viven con el beneficiario: No califican. Se aplican las reglas normales de impuestos del formulario W-2 a todos los sueldos de IHSS.
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Abrir el planificador gratuito (en inglés) →Impuesto estatal sobre el ingreso en California
California por lo general sigue el tratamiento federal de los sueldos de IHSS. Los proveedores que califican para la exclusión federal del Aviso 2014-7 del IRS normalmente también están exentos del impuesto estatal de California sobre el ingreso por esos mismos sueldos. Esto es importante porque California tiene tasas de impuesto estatal sobre el ingreso relativamente altas: la exención puede representar un ahorro anual adicional de $500 a $2,000 o más, según su nivel de ingresos.
La Junta de Impuestos de Franquicia de California (Franchise Tax Board, FTB) ha confirmado que la exclusión estatal coincide con la exclusión federal para los proveedores de IHSS que califican. Si usted está exento a nivel federal conforme al Aviso 2014-7 del IRS, también debe excluir esos sueldos de su declaración estatal de California. Si no está seguro de cómo reportarlo en su declaración, consulte a un profesional de impuestos o comuníquese directamente con la FTB.
Seguro Social y Medicare (FICA)
Los impuestos FICA, es decir, los impuestos de nómina del Seguro Social y Medicare, se manejan por separado de los impuestos sobre el ingreso y siguen reglas distintas para los proveedores de IHSS. Los proveedores que no viven con el beneficiario están sujetos a FICA por sus sueldos de IHSS. Los proveedores que viven con el beneficiario, y en especial los familiares que brindan cuidado en el hogar, también pueden estar exentos de FICA según su relación con el beneficiario.
Si le están reteniendo impuestos de sus cheques de pago, su talón de cheque mostrará las deducciones de FICA. Si cree que debería estar exento, porque es un familiar proveedor que vive con el beneficiario y presentó el formulario SOC 2298, y aun así ve retenciones de FICA, comuníquese con la Oficina de IHSS del Condado para verificar su situación. La exención de FICA debe establecerse mediante el sistema de nómina del condado; no se aplica por cuenta propia.
SOC 2298: el formulario de autocertificación para proveedores que viven con el beneficiario
Para reclamar la exención de impuestos por vivir con el beneficiario, los proveedores deben presentar el formulario SOC 2298 (Live-In Self-Certification, la autocertificación de que vive con el beneficiario) a la Oficina de IHSS del Condado. Este formulario certifica que usted reside en el mismo hogar que el beneficiario de IHSS al que cuida. Sin el formulario SOC 2298, su condado le retendrá impuestos de sus sueldos de IHSS aunque usted califique para la exención.
El formulario SOC 2298 se debe completar y presentar una sola vez. No es necesario renovarlo cada año, a menos que cambie su situación de vivienda. Si usted se muda del hogar del beneficiario, aunque sea temporalmente, deja de ser un proveedor que vive con el beneficiario y la exención ya no aplica. Si regresa a vivir allí, debe presentar un nuevo formulario SOC 2298.
El formulario está disponible en la Oficina de IHSS del Condado y es posible que pueda descargarlo del sitio web de su condado. Para conocer las reglas de los proveedores que viven con el beneficiario, incluyendo cómo el formulario SOC 2298 afecta su programación, consulte nuestra guía de reglas para proveedores que viven con el beneficiario.
Qué hacer si le retuvieron impuestos por error
Si usted cumplía los requisitos de la exención del Aviso 2014-7 del IRS, pero le retuvieron impuesto federal sobre el ingreso de sus sueldos de IHSS, es posible que pueda recuperar esos impuestos. El proceso consiste en presentar una declaración federal enmendada (formulario 1040-X) para el año afectado, excluyendo los sueldos de IHSS del ingreso bruto y recalculando su obligación de impuestos. La diferencia entre los impuestos pagados y los impuestos que debía es su reembolso.
El IRS por lo general permite declaraciones enmendadas hasta tres años después de presentada la declaración original. Si tiene varios años con impuestos retenidos por error, es posible que pueda presentar varias declaraciones enmendadas. Las organizaciones de asistencia legal de California que se especializan en la ley de servicios sociales pueden ayudarle con este proceso sin costo si usted es un proveedor de bajos ingresos que califica.
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